domingo, 19 de mayo de 2013

Tarea 7

                                                                    Tarea 7


1) Descripciones
Praes
Una de las estrategias implementadas para promover la educación ambiental incorporada desde el currículo de los establecimientos educativos son los Proyectos Ambientales Escolares PRAE, estos nacen desde la Presidencia de la República de Colombia la cual en uso de sus atribuciones constitucionales y legales instituye los Proyectos ambientales Escolares para todos los niveles de educación formal y fija los criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal en el país a partir del decreto 1743 de 1994.
Piga:
Instrumento de planeación que sale del análisis de la situación ambiental constitucional, con el propósito de brindar información sobre planes ambientales para la ejecución de objetivos de e coeficiencia del decreto 456 del 2008, entre otras entidades que aporten objetivos ambientales en su totalidad establecidos en el PGA. De esta manera avanzando en la implementación de sistemas integrados de gestión de las normas técnicas NTC-ISO 14001, Realizándose de manera gradual a la evolución del instrumento en las entidades el distrito.
Politica de gestion riesgo
La política de gestión de riesgo en Colombia, es fundamental, teniendo en cuenta la constante amenaza por parte de fenómenos naturales y el cambio climático, la adaptación a estas amenazas constantes se hace necesaria para poder construir un sistema de desarrollo económico social y ambiental estable. Aunque en Colombia se ha trabajado con mas intensidad en la atención de desastres, pudiendo mejorar la capacidad de adaptación para evitar estos.
Paz y medio ambiente
El conflicto armado en Colombia, es un conflicto interno que se desarrolla en Colombia desde aproximadamente de 1960. Los principales actores involucrados han sido el estado, las guerrillas de extremas y los grupos paramilitares. Este conflicto ha pasado por varias etapa las cuales han sido desde engaños, trampas y fallidas negociaciones de paz. A pesar de los fallidos intentos de paz el gobierno y el pueblo colombiano tiene la esperanza que este conflicto pueda tener fin ante una mesa de diálogo, en vez de seguir sacrificando parte del pueblo.

Participación Comunitaria.
Permite conocer las problemáticas ambientales del país y contribuir con una solución  ademas se generado espacios de respeto ante las diferencias. Las decisiones son de un mayor consenso. Asegura el cumplimiento de la ley y origina espacio de mediación y negociaciones.
2) Mapas conceptuales



























TAREA 6

1.Describa una problemática ambiental que se evidencie actualmente en laFacultad del Medio Ambiente y Recursos Naturales – sede vivero.
A pesar que se tiene claro la importancia de la separación de los residuos sólidos en la sede y que se conoce en que caneca se debe depositar cada material, no es conocido el hecho en que cuando un material tiene contacto con los alimentos ya es considerado  como material orgánico. Un claro ejemplo que se evidencia es el del poliestireno expandido más conocido como ICOPOR el cual al cuando tiene contacto con los alimentos pierde sus propiedades y ya no se puede reciclar y al momento de que este se deposita en la caneca hace que lo que si servía se dañe y tampoco se pueda reciclar.
2.Describa y analice las causas directas e indirectas de la problemática.
La causa más importante de esta en la falta de información y conocimiento que se tiene acerca de este factor ya que a pesar de que en las canecas se informa que materiales se deben depositar no es claro que si tienen contacto con alimentos se pierde todo este proceso de reciclaje haciendo que todo el resto de los materiales que si se depositaron de buena manera también se pierdan.
3.Describa los efectos o consecuencias de la problemática.
Contaminación de materiales reciclables, a lo cual el material dentro de la caneca no puede ser utilizado, no solo el llamado ICOPOR sino todos los recipientes y materiales depositados en la caneca puesto que su contaminación hacen que los residuos reciclajes se hagan más difícil de serlo, por tanto arruinando la tarea de reciclaje y/o haciéndolo más costoso.
4.Cite el marco jurídico y normativo que se relaciona con la problemáticaanalizada.
LEY 1466 DE 2011(junio 30)
Diario Oficial No. 48.116 de 30 de junio de 2011
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por el cual se adicionan, el inciso 2o del artículo 1o (objeto) y el inciso 2o del artículo8o, de la Ley 1259 del 19 de diciembre de 2008, “por medio de la cual se instauró en el territorio nacional la aplicación del Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros, y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Adiciónese el inciso 2o del artículo1o de la Ley 1259 del 19 de diciembre de 2008, el cual quedará así:

Artículo 1o. ObjetoLa finalidad de la presente ley es crear e implementar el Comparendo Ambiental como instrumento de cultura ciudadana, sobre el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, previendo la afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos sólidos, así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas ambientalistas.
Esta ley busca aplicar los instrumentos legales para proteger desde la fraternidad social y la recuperación ambiental, a los hombres y mujeres que trabajan en la actividad del reciclaje excluyendo el ejercicio arbitrario de la facultad sancionatoria frente a la población vulnerable y garantizando plenamente el derecho al trabajo.

LEY 1259 DE 2008(diciembre 19)

Diario Oficial No. 47.208 de 19 de diciembre de 2008
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIADECRETA:


ARTÍCULO 1o. OBJETO. La finalidad de la presente ley es crear e implementar el Comparendo Ambiental como instrumento de cultura ciudadana, sobre el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, previendo la afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas ambientalistas.

<Inciso adicionado por el artículo1 de la Ley 1466 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Esta ley busca aplicar los instrumentos legales para proteger desde la fraternidad social y la recuperación ambiental, a los hombres y mujeres que trabajan en la actividad del reciclaje excluyendo el ejercicio arbitrario de la facultad sancionatoria frente a la población vulnerable y garantizando plenamente el derecho al trabajo.

CAPITULO IV.
ENTIDADES RESPONSABLES DE LA INSTAURACIÓN Y APLICACIÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL.
ARTÍCULO 8o. DE LA INSTAURACIÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL. En todos los municipios de Colombia se instaurará el instrumento de Comparendo Ambiental, para lo cual los Concejos Municipales deberán aprobar su reglamentación a través de un acuerdo municipal.
<Inciso adicionado por el artículo 2de la Ley 1466 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>Es responsabilidad de las Alcaldías y Concejos Distritales y Municipales que en los actos administrativos expedidos en desarrollo de la presente ley organicen la actividad del reciclaje, incentiven la cultura de separación en la fuente y estimulen a la sociedad a entender y proteger la actividad del reciclaje y la recuperación ambiental, así como propender por incentivar la asociatividad y formalización dentro de la población de recuperadores ambientales y hacer expresos esfuerzos en la protección de esta población, quienes deberán hacer la recolección de los residuos en forma organizada y limpia.

5.Proponga alternativas de solución a la problemática y explique cómo se
pueden articular con los programas del Plan Institucional de Gestión
Ambiental PIGA, de la Universidad Distrital.
La solución más adecuada es la información a la comunidad educativa a través de programas o proyectos en el cual se le enseñe a la comunidad educativa ¿Que es el reciclaje? ¿Cómo reciclar? ¿Símbolos del reciclaje? y ¿Qué materiales u objetos van en que caneca. Para esto el plan PIGA en su página institucional http://comunidad.udistrital.edu.co/piga/ pero más que hacerlo saber en una página web, también hacerlo saber en talleres personales en los cuales la comunidad educativa tiene una mayor accesibilidad e información; para tener en cuenta que el ICOPOR y otros materiales pueden contaminar materiales si reciclables haciendo el trabajo del reciclaje más costoso y laborioso ; y así saber en que caneca se deposita y como hacer parte del programa de reciclaje.

domingo, 21 de abril de 2013

Parcial

Parcial segundo corte
1.

PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL EN BOGOTA



Acuerdo 1 de 1998 Concejo de Bogotá D.C.





Fecha de Expedición:
09/02/1998


Fecha de Entrada en Vigencia:
20/02/1998


Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 1603 de febrero 20 de 1998



ACUERDO No. 01 DE 1998

El acuerdo No. 01 DE 1998 tiene como aplicación la contaminación visual dado por una publicidad exterior visual excesivo, siendo publicidad exterior visual el medio masivo de comunicación, permanente o temporal, fijo o móvil, que se destine a llamar la atención del público a través de leyendas o elementos visuales en general cuyo fin sea comercial, cívico, cultural, político, institucional  o informativo. Exceptuando a esta categoría as señales viales, la nomenclatura y la información sobre sitios de interés histórico, turístico, cultural o institucional de la ciudad, siempre que tales señales sean puestas con la autorización de la Administración Distrital.
 Objetivo: La finalidad del acuerdo es tener un medio ambiente sano de contaminación visual para los residentes de Bogotá D.C. determinado la forma, procedimiento y ubicación de la publicidad exterior visual, indicando a la vez las zonas permitidas o no permitidas para su exhibición.

Definición y ubicación de publicidad exterior visual:      

·         Avisos: Entiéndase por aviso, el elemento que se utiliza como anuncio, identificación, señal, advertencia o propaganda que con fines profesionales, culturales, comerciales, turísticos o informativos se instala adosado a las fachadas de edificaciones.

Por cada establecimiento, se permitirá un aviso; salvo que la edificación contenga dos (2) o más fachadas en cuyo caso se autorizará uno por cada una de ellas.

·         Vallas: Entiéndase por valla todo anuncio  permanente o temporal utilizado como medio masivo de comunicación, que permite difundir mensajes publicitarios, cívicos, comerciales, turísticos, culturales, políticos, institucionales, artísticos, informativos o similares ; que se coloca para su apreciación visual en lugares exteriores y que se encuentra montado sobre una estructura metálica u otro material estable con sistemas fijos ; el cual se integra física, visual, arquitectónica y estructuralmente  al elemento que lo soporta.

Las vallas en el Distrito Capital podrán ubicarse sobre los tramos de vías que desarrollan  actividad   múltiple,  su distancia mínima  en el mismo sentido  y costado vehicular, no podrá ser inferior a Ciento Sesenta (160) Mts.

·         Pasacalles o  pasa vías  y  pendones: Son formas de  publicidad exterior visual que tienen como finalidad anunciar de manera eventual o temporal una actividad o evento, o la promoción de comportamientos cívicos. Estos anuncios serán registrados ante el Alcalde Local. No podrán contener mensajes comerciales o de patrocinador en un área superior al veinticinco (25%)  por ciento del tamaño total del pasacalle o pendón. Estos podrán colocarse por un tiempo no superior a 72 horas antes del evento y durante el desarrollo del mismo.

Serán ubicados según el evento y la disposición que de la Alcaldía Mayor de Bogotá, pero,  deberán ser desmontados por quien hizo el registro dentro de las siguiente veinticuatro (24) horas después de terminado el evento o actividad.

·         Carteleras locales y mojadores: Entiéndase por carteleras locales las estructuras que se encuentran adosadas a los muros de cerramiento de los lotes y en las que se podrán fijar afiches o carteles, El Distrito proveerá las carteleras locales.

El Departamento Administrativo de Planeación Distrital   definirá las condiciones generales para la ubicación de carteleras locales y mojadores.

·         Murales artísticos: Para los efectos de esta disposición son murales artísticos los que con carácter decorativo y con motivos artísticos se pintan directamente sobre los muros de las culatas de las edificaciones y muros de cerramiento. Estos murales no podrán incluir ningún tipo de publicidad ni evocar marca, producto o servicio alguno; en todo caso requieren el correspondiente registro por parte del DAMA. Los motivos de los murales artísticos no se pueden repetir ni en un mural ni en murales diferente. Quien patrocine la colocación de murales artísticos tendrá derecho a hacer anuncios publicitarios en una área no mayor al 10% sobre la misma superficie, ni mayor a 48 Mts2.

·         Publicidad aérea: Este tipo de publicidad incluye los globos libres y los dirigibles con publicidad exterior visual, así como los aviones con publicidad de arrastre y publicidad exterior. En ningún caso será permitido arrojar publicidad o información alguna desde naves en vuelo sobre el Distrito Capital. Lo anterior se regirá de conformidad a las normas que en esta materia tenga previsto la Aeronáutica  Civil.

·         Globos anclados, elementos inflables, maniquíes, colombinas o similares.  Los instrumentos de este tipo de publicidad, inclusive los instalados en lotes o edificaciones privadas, se sujetarán a lo previsto para las vallas en este Acuerdo y serán registradas ante el Alcalde Local correspondiente, por un plazo máximo de 72 horas y en ningún caso sobre vías.


Ubicaciones no permitidas de publicidad exterior visual:      

·         Está prohibido pintar anuncios publicitarios sobre los muros, las culatas de los edificios, y los muros de cerramiento, de lotes sin desarrollo.
·         No está permitido colocar las anteriores formas de publicidad exterior en los siguientes sitios  además de los  ya mencionados en las restricciones el Artículo 5° de este Acuerdo:

a)  Sobre vías o zonas de carácter paisajístico;
b)  En puentes peatonales, vehiculares, separadores de vías y en las fachadas de las edificaciones;
c)  Sobre los elementos naturales como árboles, rocas y similares;
d)  Sobre luminarias de parques, plazoletas, vías peatonales, zonas verdes, elementos del sistema hídrico u orográfico y similares.

·          No se podrá colocar publicidad exterior visual diferente a la establecida en el presente Acuerdo. No obstante, se podrá implementar las innovaciones tecnológicas a los actuales elementos de publicidad exterior visual.

Registro
·         Otórguese competencia a las alcaldías locales para llevar el registro de la publicidad exterior visual en sus  jurisdicciones. El responsable de la publicidad la deberá registrar ante la respectiva alcaldía local a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles antes de su colocación. Salvo, para las vallas, murales los cuales serán autorizados ante el Departamento Técnico Administrativo de Medio Ambiente -DAMA-.  Ese registro será público.  Para efectos del registro, el responsable, o su representante legal, deberá aportar por escrito y mantener actualizados, los siguientes datos: 

a)    Tipo de publicidad y su ubicación;
b)    Identificación del anunciante, NIT, y demás datos para su localización.
c)    Identificación del dueño del inmueble donde se ubique la publicidad, junto con su dirección, documentos de identidad, NIT, teléfono y demás datos para su localización.
d)    Ilustración o fotografías de la publicidad exterior visual y transcripción de los textos que en ella aparecen.

Cualquier cambio de esta información deberá ser avisado dentro de los tres (3) días siguientes  a la entidad responsable de llevar el registro quien es responsable de su actualización. Para efectos sancionatorios, la no actualización de la información equivale al no registro.

Para dar cumplimiento a lo anterior el Departamento Técnico Administrativo del Medio  Ambiente - DAMA-,  deberá crear un formato único de registro y llevar un sistema de información, que haga posible conocer las condiciones en que se encuentra la publicidad exterior visual en relación con sus obligaciones frente al Distrito.

Multas y sanciones

·         Cuando se hubiese colocado publicidad exterior visual en sitios prohibidos o no autorizados a solicitud de parte o de oficio se iniciará el respectivo acto administrativo a efecto de su desmonte.  Si no se ha registrado o su registro se encuentra desactualizado, se ordenará su remoción.

Si la publicidad no se ajusta a las normas vigentes, según el caso, se ordenará su remoción o su modificación, para lo cual se dará un plazo de tres (3) días hábiles.  Vencido este plazo, se ordenará su remoción a costa del infractor.

La decisión deberá adoptarse en el término de 10 (diez) días hábiles a partir del conocimiento de hecho.

Será competente la autoridad ante la cual se efectúo o se debería de efectuar el registro.

·         Los infractores de este Acuerdo incurrirán en multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales y el desmonte del respectivo elemento de publicidad.  En caso de no poder ubicar al anunciante de la publicidad exterior visual, la multa podrá aplicarse si a ello hubiera lugar, al anunciante, al arrendatario del medio de publicidad y el propietario del vehículo que permita la colocación de dicha publicidad.

·          El funcionario que permita colocar publicidad exterior visual contraviniendo lo establecido en este Acuerdo y en la Ley, incurrirá en causal de mala conducta.

¿Por qué la construcción de esta ley?
·         Puesto a la contaminación dada por las campañas de elección o por el aprovechamiento de la publicidad convirtiendo en excesiva para la comunidad, la capital dio a conocer una ley o acuerdo en la cual se diera un límite a la contaminación visual de la llamada publicidad exterior visual; dando una respiro a los capitalinos a la contaminación visual y ejerciendo su derecho a vivir en un medio ambiente sano. Concluyendo así la creación del acuerdo No. 01 DE 1998.

2.



 3.




4.
En Bogotá se encontró una ciudad altamente afectada por la contaminación visual, deteriorando el paisaje urbano y reduciendo la calidad de vida de los ciudadanos llevando a la mayoría  de ellos a tener episodios de estrés y ansiedad. Se encontró un alto nivel de contaminación visual, debido a la saturación e instalación de vallas de manera indiscriminada y sin control alguno, utilizando normalmente el espacio público y en otros, afectando zonas residenciales. Al iniciar la administración había 4.600 vallas y más de 20.000 metros cuadrados de murales ilegales.
La Administración de la secretaria distrital de ambiente logro recuperar importantes sectores como la Avenida Jiménez desde la carrera tercera hasta la Caracas, la carrera séptima hasta la calle 42, la carrera 15 desde la 72 hasta la 116 y un gran número de vías más pequeñas de acceso a barrios en todas las localidades.
El DAMA entidad competente para el registro y control de los elementos de publicidad exterior visual mediante el Acuerdo 01 de 1.998 modificado por el Acuerdo 12 del 2.000, que reglamentan la actividad de publicidad exterior visual en el Distrito Capital, desmontó 979 vallas, los infractores atendiendo requerimiento del DAMA retiraron 905 elementos de publicidad exterior. Se realizó requerimiento a 3,351 vallas y murales. Durante el 2000 el DAMA retiró 220 vallas de gran tamaño y borros 2,800 metros cuadrados de murales comerciales. Igualmente se realizó sobre los principales ejes viales de la ciudad, el retiro de vallas que se encontraban en espacio público como separadores de vías, antejardines, andenes y zonas verdes.

5.La problemática de la q hablamos se centra más que todo en el uso de espacio público como espacio para publicidad y propagandas, la política estudiada en este caso trata sobre limpiar estos espacios para mantener un medio ambiente sano, además de otros sectores afectados por el exceso de vallas y muros publicitarios. Uno de los objetivos del proyecto es desmontar el mayor numero de vallas q fueron instaladas indiscriminadamente en varios lugares públicos y para aquellas vallas y muros en lugares permitidos para publicidad buscar q sus patrocinadores se hagan responsables en cuanto al cuidado y mantenimiento respectivo y adecuado para q dichas publicidades no entren a generar una contaminación visual.

Claramente en la problemática se ve un resultado positivo en cuanto a la recuperación de espacios públicos como zonas verdes, separadores viales, andenes, entre otros espacios con exceso de publicidad, para finalmente mejorar el aspecto de vías importantes, principalmente en vías del centro y norte de la ciudad. La administración se centro en el mejoramiento y en la aplicabilidad de la norma sobre publicidad exterior en Colombia, teniendo en cuenta las dimensiones (tamaño, medidas) de elementos publicitarios según su tipo y lugar de instalación (ubicación), ya sea móvil o fijo.

Finalmente se entiende q el exceso de publicidad, aunque aparentemente inofensivo mientras aumenta, si es un aspecto a tener en cuenta, ya que genera repercusiones directas en cuanto a la contaminación visual y el ambiente “pesado” que crea este. Precisamente para evitar problemáticas como la discutida anteriormente fue necesario hacer la implementación de la norma y actualmente tener en cuenta todos los procesos de estudios civiles, estudios ambientales, procesos de cimentación, implementación, reglamentación y todo lo necesario para poder mantener un ambiente sano en el distrito capital.

sábado, 30 de marzo de 2013


Tarea 5 Blog: Experiencia de tecnología apropiada
Investigue sobre una tecnología apropiada utilizada en una casa, en una institución de educación o en una comunidad, especificando
Nombre del proyecto y Contexto geográfico
La estufa ahorradora de leña
Es utilizada en el Amazonas, principalmente en Venezuela por familias indígenas o rurales de la región.
Descripción del proyecto: cuál es el problema que intenta solucionar y como lo soluciona.
Básicamente el objetivo de esta estufa es minimizar la mayor cantidad posible de consumo de leña por dia el cual arroja un resultado aproximado de 1 metro cúbico de leña al mes (lo cual es equivalente a cinco árboles grandes por año).
La cocción de los alimentos en áreas rurales e indígenas se realiza por lo general a quema abierta de leña entre piedras, generando la degradación del ambiente por medio de las emisiones de gases tóxicos y la sobre explotación de este recurso, teniendo en cuenta también la cantidad de incendios forestales q se presentan y la deforestación; también acarrea consecuencias en la salud de los habitantes ya q si la cocción de los alimentos se realiza dentro de la casa o cerca de ella se desprende gran cantidad de humo, provocando enfermedades broncopulmonares y oculares, afectando principalmente a las mujeres.
Aquí es donde entra la estufa ahorradora de leña, fabricada con materiales de tierra cocida tierra cocida termo-regulados desarrollados en las alfarerías, para su realización se utilizan conocimientos de la región amazónica en trabajo con arcilla por medio de instrumentos simples, adicionalmente la estufa utiliza una chimenea la cual permite evacuar el humo y generar el tiro de aire. Otra característica fundamental es la variedad de usos simultáneamente ya que las varias hornillas más el budare para el casabe y la adaptación de la caja de fuego a usos simultáneos permite un mayor aprovechamiento por unidad de leña.
Justificación: ¿Por qué es un proyecto de tecnología apropiada?
Los recursos forestales son una fuente renovable y energética muy importante para el desarrollo del hombre, como se ha visto a través de la historia sobre todo para países del tercer mundo. Pero este recurso, debido a su veloz agotamiento ha entrado en una crisis energética, en la cual se ve afectada aproximadamente 1/3 de la población mundial la cual se abastece de este recurso como su fuente primaria de energía.
Todos estos problemas están afectando indirectamente la producción alimenticia, por causa del desgaste de los suelos, lo que podría estar generando en un futuro desertificación, cambios climáticos bruscos e inundaciones, entre otras repercusiones. No hay que confiarse por que el amazonas haya sido llamada el pulmón del mundo, precisamente es un recurso que hay que controlar con sumo cuidado.

Como respuesta a esto se necesita hacer un cambio en la forma de cocinar y ahorrar el consumo masivo de la leña.
El proyecto ofrece la estufa ahorradora de leña como una alternativa para las comunidades rurales e indígenas de la región de la Amazonía, esta iniciativa se adopta desde la concepción de una nueva tecnología apropiada la cual es adaptada a las condiciones de la comunidad, teniendo en cuenta aspectos como su disponibilidad económica, social y ecológica para adecuarse a esta nueva técnica, haciéndola parte de su cultura y su cotidianidad.

Para dicha incorporación se utiliza la mano de obra local simple y de bajo costo para permitir así una rápida y mayor difusión.

Esta estufa claramente es considerada una tecnología apropiada, ya que aunque es una tecnología a pequeña escala, cubre eficientemente las necesidades de la población, es amigable con el medio ambiente ya que baja considerablemente el consumo excesivo de leña y por ende las emisiones de los gases tóxicos como el dióxido de carbono y la deforestación, además de esto es controlada por la comunidad local, la cual se adapta fácilmente aportando con mano de obra y conocimientos, además de esto necesita de una baja inversión de capital y su afectación a los recursos naturales(en este caso el recurso forestal) es bajo.

viernes, 22 de marzo de 2013



Síntesis relación desarrollo/ambiente 


El Ambiente esta ligado al desarrollo de tal manera que por cada avance en el desarrollo hay un impacto (positivo o negativo ) en el ambiente , a pesar de que cuando se habla de desarrollo entendemos que se esta avanzando hacia un futuro mejor , la realidad es otra cada vez que avanzan el desarrollo de las tecnologías y la población humana , el impacto negativo hacia el ambiente es cada vez mayor , un buen ejemplo de esto seria el uso de la gasolina, el cual fue un gran avance como nueva fuente de energía , pero poco tiempo después el impacto hacia el ambiente empezó a notarse, la contaminación y polucion en el aire y el agua es cada vez mayor, no solo el desarrollo y avance en la tecnología tiene impacto negativo en el ambiente, también el desarrollo de la economía y población esta empezando a tener un impacto negativo mas fuerte que el que se tenia hace algunos años, el crecimiento ocupacional desmesurado esta provocando que terrenos aptos para la agricultura estén siendo usado para construcción y vivienda, ademas de la contaminación provocada por parte de las poblaciones en dichos terrenos; uno de los factores que incrementa la población desmesurada es la pobreza y la falta de acción por parte de los gobiernos.

Hidroeléctrica el Quimbo
Contexto Geográfico:
La hidroeléctrica del Quimbo se encuentra ubicada en el sur del departamento del Huila entre las cordilleras central y oriental, a 69 km del sur de la ciudad de Neiva  entre la carretera de Neiva y gigante. Esta   localizada aguas arriba del embalse de Betania alrededor de los municipios de Gigante, Garzón, Altamira, El agrado, Paicol, y Tesalia.
Descripción del conflicto: 
PROBLEMAS CON LE HIDROELÉCTRICA DEL QUIMBO

PROBLEMAS DE INFRAESTRUCTURA VIAL
En el 2011 el Puente de Paso del Colegio colapso gracias a las obras realizadas por la empresa EMGESA, este puente conecta a el municipio de la plata con la capital del Huila lo cual causo que se buscaran vías alternas frente a este problema la empresa se excusa en que este puente colapso gracias a los problemas invernales que se vivía en aquel tiempo no solo este es el problema si no que gracias a la presencia de petroleras a causado que la vías se vean afectadas.

PROBLEMAS GEOLÓGICOS
El problema radica en que los habitantes de esta zona argumentan que no es una zona apta para una represa de tan grandes dimensiones, ya se caracteriza por tener  fallas geológicas las cuales han causado que la tierra se quiebre en diversos lugares. Y esto fue evidente cuando en a principios del año el 12 de enero se inundo la banca de la vía Neiva-Florencia aislando a los departamentos del Huila y del Caquetá.


Problemas de licencia
La primera vez que se solicito licencia ambiental para este proyecto fue  en 1997, pero fue negada por que se considero la zona no es apta para inundación ya que no se puede inundar las pocas zonas fértiles que tiene el departamento del Huila.

En el año 2008 durante el mandato de Álvaro Uribe Vélez, se empezaron de la nada obras, y después por medio de la resolución 321 del 2008, (la cual permite que una empresa privada expropie a propietarios de predios necesarios para iniciar su obra si es el caso).  Se hace público que el terreno será utilizado para la obra, y en ese momento no se le había entregado a la empresa una licencia ambiental.

Gracias a que el gobierno de Uribe pretendía que por medio de mega proyectos  el país fuera potencia sudamericana en generación de electricidad, provoco que el proyecto empezara de manera fugas.

La licencia ambiental fue finalmente otorgada a la empresa en agosto del 2009 bajo la resolución 899  del 15 de mayo del 2009 en una Audiencia Publica   Ambiental en el municipio de Gigante Huila, por el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 


PROBLEMAS SOCIOECONÓMICOS
Teniendo en cuenta el embalse tendrá un área de inundación de 8.250 hectáreas causara que:
·         El 43,91% del territorio del municipio de Gigante sea inundado.
·         El 16,76% del territorio del municipio de Garzón sea inundado.
·         El 0,21% del territorio del municipio de Altamira sea inundado.
·         El 37,83% del territorio del municipio de Agrado sea inundado.
·         El 0,04% del territorio del municipio de Paicol sea inundado.
·         El 1,25% del territorio del municipio de Tesalia sea inundado.
Como ya habíamos hablado antes es una zona la cual es muy productiva por ser un valle en el cual las actividades arqueológicas, agrícolas, ganaderas, pesqueras, de infraestructura, se vean afectadas causando que le productividad económica de un departamento descienda junto a sus riquezas geográficas, de flora, de fauna, sociales y culturales desciendan gracias al desplazamiento forzado de la empresa ha campesinos habitantes de esta zona.

Justificación:  
La zona del quimbo ha estado llena de problemas históricamente, pero actualmente propicia uno de los más grandes gracias al mega proyecto de la hidroeléctrica de quimbo la cual está a cargo la empresa EMGESA S.A los problemas empezaron por la licencia ambiental otorgada a dicha empresa ya que posee grandes irregularidades para la construcción de la represa, además gracias a las obras realizadas  por la empresa EMGESA S.A provocaron que se destruyera el Puente Paso del Colegio ubicado sobre el rio magdalena en el municipio de gigante en la vía que conduce de Neiva al municipio de La Plata.  

La hidroeléctrica ha generado grandes daños a gran escala y han sido tanto que han provocado la fundación de movimientos en contra de la construcción de la hidroeléctrica el quimbo como: Asoquimbo (asociación de Afectados por el proyecto hidroeléctrico del Quimbo), el comité cívico por la defensa del occidente del Huila, el movimiento regional por la defensa de los territorios, el movimiento cívico Puente Paso del Colegio, el Comité Regional Indígena del Huila, y Asociación de Trabajadores Campesinos del Huila.

El mayor problema es que para crear la represa del quimbo es necesario crear una nueva represa por qué no basta con la de Betania y esto contaría con que se inundara más de 55 kilómetros en un área de embalse de 8.250 hectáreas que cubrirían un gran valle agrícola, ganadero, pesquero y de bosque.

Gracias a los problemas que trajo la hidroeléctrica; causo que los movimientos anterior mente mencionados se vieran obligados a que el día martes 3 de enero del 2012 realizaran un paro cívico (pacifico) en Puente Paso del Colegio para ser escuchados, frente al paro se logro que el departamento de comprometiera a que se hiciera una audiencia ambiental y realizar una veeduría. Esta última se da  por los problemas encontrados en la entrega que hiso el ministerio de medio ambiente y desarrollo territorial, y la corporación autónoma regional del alto del magdalena con respecto a la licencia del megaproyecto.